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Amparo Colectivo – Salta (En cumplimiento a lo ordenado en CJS-41779/21 con fecha 12/8/2022)

En autos caratulados “GRAHAM, MARISA; HERNANDEZ, JUAN FACUNDO VS. GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA; PODER EJECUTIVO PROVINCIAL - AMPARO” se ordenó el 12 de agosto del 2022: “Hágase conocer la existencia del presente proceso colectivo a todas aquellas personas que pudieran tener un interés en el resultado del litigio, mediante la publicación en el Boletín Oficial por el plazo de tres (3) días, en la página web del Poder Judicial de Salta y en la página web de la Defensoría de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes. A sus efectos, las publicaciones deberán indicar los datos del expediente, del tribunal donde se encuentra radicado, de quienes invocan la representación de la clase; la identificación del colectivo y el objeto de la pretensión contenida en la demanda. Fdo. Dra. Teresa Ovejero Cornejo, Presidenta de la Corte de Justicia.”
Expediente: “GRAHAM, MARISA; HERNANDEZ, JUAN FACUNDO VS. GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA; PODER EJECUTIVO PROVINCIAL - AMPARO”, CJS-41779/21.
Radicación: Corte de Justicia de la Provincia de Salta.
Acción iniciada por la Dra. Marisa Adriana Graham, Defensora de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, y el Dr. Juan Facundo Hernández, Defensor Adjunto de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, ambos designados por Resolución 09/20 del Honorable Congreso de la Nación en el ejercicio de las funciones conferidas por los arts. 47, 48, 55 de la Ley Nacional 26.061, quienes invocan la representación de la clase.
Colectivo conformado por las niñas, niños y adolescentes de comunidades indígenas de los Departamentos Rivadavia, Orán y San Martín de la Provincia de Salta.
Objeto de la pretensión contenida en la demanda: se pide garantizar sus derechos a la protección especial, el derecho a la vida y a un nivel de vida adecuado, a la salud, a la alimentación adecuada, agua segura y el acceso a la justicia y, a tales fines, la conformación de una mesa de articulación institucional tendiente a elaborar un plan de trabajo integral e intercultural coordinado y operativo.
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Habeas Corpus colectivo, preventivo y correctivo – Salta (En cumplimiento a lo ordenado en Expte. Nº 749433/2021 con fecha 5/5/2022)

En los autos caratulados "Defensora de los derechos de los niños, niñas y adolescentes vs. Ministerio de Seguridad de la provincia de salta – Habeas Corpus Colectivo, Preventivo y Correctivo”, se ordenó informar y publicar:
Que la causa tramita ante el Juzgado de Minas de salta a cargo de la Dra. María Victoria Mosmann (Expte. Nº 749433/2021),
Que se encuentran legitimados como representantes de la clase: la Dra. Graham como Defensora de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes y su adjunto, el Dr. Hernández.
Que esta causa tiene como objeto obtener un pronunciamiento judicial sobre la ilegalidad de la restricción o privación de libertad de niñas, niños y adolescentes no punibles de la Provincia de Salta ordenando su soltura inmediata y el cese de toda intervención penal debiendo declarar para ello la inconstitucionalidad del art. 2 de la Ley 8207 y 8266 y el art. 35 de la Ley 7716.
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