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Reforma del Código Penal: La Defensora expuso en la Cámara de Diputados sobre la tipificación de la compra y venta de niñas y niños

Notas

La Defensora de Niñas, Niños y Adolescentes, Marisa Graham, expuso ante la Comisión Conjunta de Familias, Niñez y Juventudes y Legislación Penal, respecto a la compra y venta de niñas y niños en el marco de la reforma del Código Penal.

En su intervención, introdujo dos antecedentes relevantes en los cuales la Argentina ha sido condenada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos como el caso Fornerón, del año 2012; y el caso de María, una niña abusada que fue obligada a entregar a su hijo recién nacido cuando ella tenía apenas 13 años.

A su vez, la Defensora aseveró que: “es necesario que el fin adoptivo esté como agravante y figure en el texto que se sancione, porque en la República Argentina, la mayoría de los casos de compra y venta de niños, son con fines de adopción.” Aseguró a su vez que la asimetría que existe entre quien entrega a la niña o al niño, y quien la o lo recibe es brutal. “Por ello nos interesa muchísimo que no se persiga penalmente a la persona que entrega a la niña o niño cuando está en situación de vulnerabilidad, tal como establecen la Reglas de Brasilia, con excepción de que forme parte de la red delictiva”.

En este sentido, Marisa Graham fue clara respecto a que en la compra y venta de niñas y niños, la prueba siempre es compleja, por lo cual es fundamental que en la tipificación del delito quede claro que el mismo debe ser penado haya o no remuneración. En palabras de la Defensora: “En ocasiones lo único que le queda a las y los más pobres es entregar a sus propios hijos. Las y los bebés no pueden ser objetos de transacción, sea onerosa o gratuita. Las niñas y niños no se compran, ni se reciben como regalo.”

Para volver a ver la transmisión de la reunión informativa ingresar AQUI

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